Readmisiones y Excepciones


ESTUDIANTES

Regularidad y Readmisiones

 

          1- “Ingresantes” y “Estudiantes regulares”

                          1.1-  Régimen de Regularidad

         2- Excepciones

                           2.1- ¿Cuándo es necesario pedir la readmisión?

         3- Pedidos de readmisiones:

 

INGRESANTES” Y “ESTUDIANTES REGULARES”

Ingresantes: son los y las estudiantes que aprueban la primera asignatura del Plan de Estudio de la carrera que cursan.

Estudiantes regulares: son los y las estudiantes que como mínimo aprobaron dos asignaturas en un año académico.

RÉGIMEN DE REGULARIDAD

Para mantener la regularidad, el o la estudiante deberá aprobar dos asignaturas en el año académico anterior, como exigencia mínima.

Este rendimiento académico se reduce a una asignatura cuando se encuentre cursando, por primera vez, el primer año de la carrera o cuando el total de las asignaturas que se encuentre en condiciones reglamentarias de cursar y/o rendir sea menor a cuatro asignaturas en el año académico.

Además, el o la estudiante regular, deberá cumplimentar con el trámite de reinscripción anual en las condiciones reglamentadas por la Universidad.

Realizar la reinscripción, sin cumplir con las exigencias académicas establecidas en el artículo 2 de la Resolución 316/19 CS, no implica adquirir la calidad de estudiante regula

 

EXCEPCIONES

Quedan exceptuados del cumplimiento del artículo 2 de la Resolución 316/19 CS el/la estudiante que acredite, ante las autoridades de la Facultad y hasta el 31 de marzo del año siguiente, alguna de las siguientes situaciones:

  • Razones de salud del interesado/a, debidamente acreditadas, por un lapso no menos a noventa días.

  • Discapacidad, mediante certificaciones oficiales correspondientes.

  • Razones laborales del/la estudiante, acreditado con recibos de sueldo o comprobante de pago de monotributo.

  • Obtención y cumplimiento de una beca de fuera del ámbito de esta universidad, por un lapso superior a noventa días y que por sus particulares características justifique su incumplimiento, circunstancia que deberá ser previamente autorizada por la Facultad.

  • Continuidad de otros estudios universitarios, conservando la condición de Estudiante Regular en la carrera de que acompañe a esta.

  • Cuando a los/las estudiantes les falten aprobar seis o menos asignaturas del Plan de Estudios de su carrera.

 

DE LAS LICENCIAS ESTUDIANTILES:

Artículo 5º: El/la estudiante podrá solicitar las siguientes Licencias Ordinarias, que le exceptúan del cumplimiento del Artículo 2º del presente Régimen, a saber:

a. Licencia Académica Anual, gestionada mediante una solicitud elevada hasta el 31 de marzo y durará hasta el 31 de diciembre de ese año.

b. Licencia por Embarazo, solicitada en cualquier época del año acreditando con constancias médicas, cuya duración será por el lapso de todo el semestre académico actual o inmediato posterior.

c. Licencia por Maternidad, pedida hasta los diez (10) días posteriores al alumbramiento, cuya duración será por el lapso de todo el semestre académico actual o inmediato posterior, pudiendo ampliarse por igual período en caso de partos múltiples o si el recién nacido debiera permanecer internado por un tiempo prolongado.

d. Licencia por Post maternidad, se tramita con una antelación de cinco (5) días hábiles antes de la fecha de vencimiento de la Licencia por Maternidad, por el término del semestre académico actual o inmediato posterior. Si ambos integrantes de la pareja son estudiantes en el ámbito de la Universidad, la madre podrá optar cuál de ellos gozará de dicha Licencia, comunicando de manera fehaciente a la Institución en la misma oportunidad de su solicitud. En el caso de nacimiento de una hija o hijo con discapacidad, o que presente patologías que requieran cuidados intensivos prolongados, la madre y el padre tendrá derecho a esta licencia por el término del semestre académico actual o inmediato posterior.

e. Licencia por Adopción, que será tramitada al obtener sentencia judicial de guarda, con fines de adopción, y durará el lapso del semestre académico actual o inmediato posterior de la fecha que dispone la guarda la sentencia judicial.

f. Licencia Post Adopción, se tramita con una antelación de cinco (5) días hábiles antes de la fecha de vencimiento de la Licencia por Adopción y se aplican los mismos criterios y plazos establecidos para la Licencia por Post Maternidad,

En los casos del inciso e) y f) del presente Artículo, cuando por orden judicial las niñas y/o niños cuya guarda o adopción fuera concedida, debieran ser reintegrados a la Institución respectiva, la licencia otorgada caducará automáticamente a partir del día hábil siguiente, debiendo el/la estudiante cumplimentar con las exigencias académicas del Régimen de Regularidad.

Artículo 6º: El/la estudiante podrá solicitar las siguientes Licencias Extraordinarias, debiendo aprobar una (1) asignatura en el año académico correspondiente, para ser exceptuado/a del cumplimiento de lo previsto en el Artículo Nº2 del presente Régimen, a saber:

a. Licencia Académica Semestral, gestionada mediante una solicitud elevada hasta el 31 de marzo (primer semestre) o hasta el último día hábil del segundo período de reinscripción anual obligatoria (segundo semestre) del año correspondiente, y durará la totalidad del semestre académico de cada Facultad o Instituto.

b. Licencia por Paternidad, tramitada por el término de un semestre académico actual o inmediato posterior, acreditando el parentesco con la partida de nacimiento.

c. Licencia por Traslado Familiar, ya sea por designación propia o del ascendiente o del cónyuge, en misión diplomática, traslado laboral, tareas de investigación científica u otras similares, en el país o en el exterior.

 

 

¿CUÁNDO ES NECESARIO PEDIR LA READMISIÓN?

Según la Resolución 316/19 CS, en el caso de que el/la alumno/a haya perdido la regularidad, deberá solicitar la readmisión.

 

PEDIDOS DE READMISIONES:

Primera readmisión: Será concedida en forma automática. El/la alumno/a deberá presentar un formulario disponible.

Segunda readmisión: El/la alumno/a deberá presentar una nota dirigida a la Decana de la Facultad. Será concedida mediante la resolución correspondiente, salvo que mediare falta grave o sanción académica.

Tercera readmisión: El/la alumno/a deberá presentar una nota dirigida a la Decana de la Facultad presentado las justificaciones del caso. Será sometida a consideración del Consejo Directivo de la Facultad, evaluando de manera positiva la ausencia de faltas graves o sanciones académicas en el legajo del estudiante. 

 

¿CÓMO SOLICITO LA READMISIÓN Ó EXCEPCIÓN?

*- Nota dirigida a la Decana, adjuntando las documentaciones correspondientes.

*-Detallar las carreras en la cual pretenda tener actividades académicas durante el ciclo Lectivo.

*-En la nota consigne su correo electrónico y teléfono para contacto y comprobante de Reinscripción Anual Obligatoria, en caso de solicitar excepción al régimen de regularidad adjuntar el comprobante correspondiente. Una vez presentada la solicitud, debe aguardar el número de expediente por el cual se da inicio al trámite.

 

*-REINSCRIPCION ANUAL OBLIGATORIA: SE REALIZA POR SIU GUARANI – DESDE EL 01 /02/2024 HASTA EL 31/03/2024 –

 

*-TRÁMITE DE READMISIÓN: FECHA DESDE 01/02/2024 HASTA EL 30/04/2024

 

*-La presentación se realiza en la Oficina de Mesa de Entradas y Salidas en forma presencial de 8hs. a 16hs.

 

*-  Res 316/19  y   Res 65067 SA/2022.

 

*- Formulario de Readmisión Automática

 

 

CONTACTO:

Sec. De Asuntos Estudiantiles

Correo electrónico: exa.sae@comunidad.unne.edu.ar

Whatsapp: 379- 4992253
Teléfono: 0379 447-3931 int-4734
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