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Facultad de Ciencias Exactas y Naturales y Agrimensura - UNNE
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PASANTÍAS NO RENTADAS - REGLAMENTO

ARTICULO 1º.- La Facultad de Ciencias Exactas y Naturales y Agrimensura otorgará pasantías de aplicación de conocimientos a estudiantes de las carreras que cursan regularmente en la Facultad y que cumplan con los requisitos y condiciones que se especifican en la presente ordenanza.

ARTICULO 2º.- OBJETIVO DE LA PASANTIA: facilitar a los estudiantes la inserción laboral al permitir la aplicación de conocimientos y destrezas relacionados con la carrera que cursa y que puedan ser certificados como CAPACITACION PROFESIONAL por la Facultad, contribuyendo además con las necesidades de la Institución, mediante la prestación de un servicios.-

ARTICULO 3º.- Las pasantías serán otorgadas mediante resolución del Decanato de la Facultad.-

ARTICULO 4º.- CONDICIONES DE LA  PASANTIA: la pasantía otorgada mediante la presente reglamentación tiene carácter de prestación no rentada por parte de la Facultad, no generando vínculo alguno de carácter laboral. Habiendo cumplido la misma, recibirá de la autoridad de la Facultad una certificación de las actividades desarrolladas en la que deberá establecerse la duración de la pasantía.-

ARTICULO 5º.- INSCRIPCION: los aspirantes deberán inscribirse por nota, dirigida a  la Secretaría de Extensión Universitaria a través de la sección Mesa de Entradas y Salidas, en la cual deberá constar:
a) Datos personales y académicos del estudiante.-
b) Datos personales y académicos del docente que actúe como Director.-
c) Plan de actividades avalados por el docente Director.-
Mientras dure la pasantía, el expediente en el que se da lugar al otorgamiento quedará reservado en la Secretaría de Extensión Universitaria.-

ARTICULO 6º.- Las actividades deberán desarrollarse en el ámbito de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales y Agrimensura o en cualquier otra dependencia que a consideración de las autoridades de la Facultad sea de relevancia para la Institución o Comunidad. En el plan de actividades se deberá detallar:
      a) Tema.-  
b) Objetivos que persigue el estudiante al desarrollar las tareas propuestas.-
c) Actividades a desarrollar.-

  1. Disposición horaria del aspirante, relacionadas con los requerimientos académicos (no podrá excederse de las 15 horas semanales).

e) Duración propuesta por la pasantía.-
Dicho plan deberá ser avalado por el docente Director.-
ARTICULO 7º.- DURACION DE LA PASANTIA: el tiempo de duración de la pasantía no podrá ser menor a tres meses.-

ARTICULO  8º.- OBLIGACION DEL PASANTE: el pasante tendrá la obligación de:

  1. Cumplir con el plan de actividades propuesto  y comunicar toda modificación que se produzca con respecto a lo manifestado en la solicitud.-
  2. Presentar un informe al Decano de la Facultad donde exponga si las necesidades del servicio fueron satisfechas y si se cumplieron los objetivos mencionados en el plan de actividades, además de elevar sus consideraciones referidas a si hubo o no un mejoramiento en su formación humana y/o académica, mediante el desarrollo de estas tareas. Este informe deberá ser presentado en la Secretaría de Extensión Universitaria, avalado por el docente Director, dentro de los 30 días de finalizada la pasantía. De no ser presentado el informe en dicho plazo, la Secretaría de Extensión Universitaria efectuará el reclamo correspondiente y si no mediara justificación o el informe no fuese presentado luego de los 60 días de finalizada la pasantía, previo informe de la Secretaría de Extensión Universitaria, se dejará sin efecto la resolución de otorgamiento y se archivará las actuaciones.

ARTICULO 9º.- OBLIGACIONES DEL DIRECTOR: el docente Director deberá:

  1. Realizar un seguimiento del plan de actividades del estudiante.-
  2. Controlar el cumplimiento de las actividades previstas en el plan.-
  3. Mantener entrevistas periódicas con los responsables de la dependencia donde se desempeña el alumno, a los efectos de lograr una evaluación de las actividades realizadas.

ARTICULO 10º.- La pasantía quedará sin efecto ante el incumplimiento del plan de actividades o cuando exista un informe desfavorable del docente Director, debidamente fundamentado. El Decano, previo análisis del mismo, resolverá en definitiva.-

ARTICULO 11º.- APROBACION DEL INFORME DE LA PASANTIA: presentando el informe dentro de los plazos previstos y con el aval del docente Director, el mismo será puesto a consideración del Decano para su aprobación quién dictará una resolución al respecto. Los alumnos podrán retirar de la Secretaría de Extensión Universitaria, una copia de esta resolución y la certificación de actividades desarrolladas, en la cual constará que los antecedentes se han obtenido por aplicación de la presente reglamentación.-

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